IMPORTANTE: SE RECUERDA A LOS CIUDADANOS ARGENTINOS QUE SE ENCUENTREN RESIDIENDO O CON INTENCIÓN DE RADICARSE EN GALICIA, ASTURIAS, LEÓN O ZAMORA QUE, PARA LA REALIZACIÓN DE CUALQUIER TRÁMITE ANTE ESTE CONSULADO GENERAL ES OBLIGATORIO HABER ACTUALIZADO EL DOMICILIO EN EL DNI ARGENTINO DONDE CONSTE EL DOMICILIO EN ESPAÑA.
EN CASO DE NO HABER REALIZADO AÚN DICHO CAMBIO DE DOMICILIO EN EL DNI ARGENTINO SE DEBERÁ SOLICITAR UN TURNO PARA ELLO AQUÍ
Sólo en caso de urgencias o emergencias debidamente justificadas podrá solicitar la emisión de un Pasaporte de Emergencia. Se deberá aportar la documentación respaldatoria correspondiente. El Consulado evaluará la pertinencia de realizar el trámite en cada caso.

El pasaporte de emergencia, como su propio nombre indica, solo se expide en casos excepcionales y siempre que se justifique, con la documentación correspondiente, la emergencia en cuestion.
Los ciudadanos argentinos nativos, naturalizados o por opción, pueden tramitar la renovación de su pasaporte en el consulado correspondiente a su domicilio en el exterior. La jurisdicción de este Consulado General abarca la Comunidad Autónoma de Galicia, el Principado de Asturias y las Provincias de Zamora y León. Aquellos ciudadanos que residan fuera de nuestra jurisdicción deberán contactar con el Consulado argentino correspondiente (Embajadas y Consulados).
Los requisitos para tramitar el pasaporte de emergencia son los siguientes:
- Solicitar cita a través del formulario de contacto.
- Completar el formulario on line.
- Presentar la siguiente documentación:
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DNI Argentino actualizado y en vigor. (Tramitar el nuevo D.N.I.)
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Pasaporte anterior o denuncia en caso de extravío o robo.
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Documentación que justifique la emergencia.
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Para los menores de 18 años, acompañamiento de todas las personas que se encuentren en ejercicio de la responsabilidad parental o, de no haberlas, del representante legal del menor; todas ellas debiendo contar con DNI vigente.
El pasporte de emergencia tiene una validez de un año y su arancel cosular es de €40. El pago podrá abonarse en la sede consular mediante tarjeta de crédito/débito de un banco en España (excepto el último día hábil de cada mes) o mediante depósito en efectivo en una sucursal bancaria próxima a la sede.
La solicitud del pasaporte de emergencia no exime de la tramitación del Pasaporte Ordinario, debiendo tramitarse de manera conjunta el día en que se solicite el pasaporte de emergencia, abonando los correspondientes aranceles.
Le demora en la expedición de este pasaporte es de 24 a 48 horas. La entrega de documentación a menores se realizará exclusivamente y de manera presencial a ambos progenitores o a uno sólo de ellos cuando éste se encuentre expresa y previamente autorizado. La voluntad de quienes están autorizados al retiro será tomada por el funcionario consular al momento de la toma del trámite del menor.
