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Certificado Negativo de Nacionalidad

IMPORTANTE: SE RECUERDA A LOS CIUDADANOS ARGENTINOS QUE SE ENCUENTREN RESIDIENDO O CON INTENCIÓN DE RADICARSE EN GALICIA, ASTURIAS, LEÓN O ZAMORA QUE, PARA LA REALIZACIÓN DE CUALQUIER TRÁMITE ANTE ESTE CONSULADO GENERAL ES OBLIGATORIO HABER ACTUALIZADO EL DNI ARGENTINO DONDE CONSTE EL DOMICILIO EN ESPAÑA.

EN CASO DE NO HABER REALIZADO AÚN DICHO CAMBIO DE DOMICILIO EN EL DNI ARGENTINO, YA SEA ANTES DEL TRÁMITE QUE SE DESEE EFECTUAR O BIEN, EL MISMO DÍA, SE DEBERÁ SOLICITAR UN TURNO PARA ELLO A CONTINUACIÓN:

Solicitar nuevo D.N.I.

Aquellos ciudadanos que residan fuera de nuestra jurisdicción deberán contactar con el Consulado argentino correspondiente (Embajadas y Consulados).

 

CERTIFICADO NEGATIVO DE NACIONALIDAD: INFORMACIÓN Y REQUISITOS

El Certificado Negativo de Nacionalidad es un documento que solicitan las autoridades españolas para tramitar la ciudadanía española a los hijos de argentinos nacidos en España. Certifica la necesidad de haber nacido en la República Argentina para obtener la nacionalidad de forma automática.

El trámite puede realizarse de manera presencial o a distancia mediante correo postal.

 

En caso de tramitarlo personalmente ante la sede consular, los requisitos son los siguientes:

  • Solicitar cita previa. (Certificado negativo de nacionalidad)

  • Partida de nacimiento del menor.
  • Fotocopia del DNI argentino y el Pasaporte de ambos padres. De ser otro el documento del padre o madre reflejado en la partida envíar también su fotocopia.

  • El arancel de trámite es de 40€ si se debe presentar ante autoridades españolas o de 80€ si es para presentar en la Argentina. El pago podrá abonarse en la sede consular mediante  tarjeta de crédito/débito de un banco en España (excepto el último día hábil de cada mes) o mediante ingreso en efectivo en una sucursal bancaria próxima a la sede.

El horario de atención es de 09.00 a 12.00 horas para la admisión de trámites, siempre con cita previa, y de 12.00 a 14.00 horas para su entrega.

 

Si se tramita a través de correo postal, es necesario enviar lo siguiente:

En cuanto al pago del arancel consular se remitirán instrucciones a la cuenta de correo electrónico informada en el formulario de solicitud, una vez recibida la documentación.

 

 

Fecha de actualización: 22/01/2025